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jueves, octubre 04, 2007

FALLO A FAVOR DE UN MOTOCICLISTA

Clarin: http://www.clarin.com/diario/2007/09/13/laciudad/h-04001.htm

Se accidentó por falta de señales y la Comuna debe indemnizarlo
Iba en moto con una acompañante. Cayeron y resultaron heridos al morder el borde de una zanja en la avenida Córdoba.

La Justicia condenó al Gobierno porteño a indemnizar a un motociclista y a su acompañante que sufrieron lesiones a raíz de un accidente por la falta de señalización de una zanja abierta, cuando circulaban por la avenida Córdoba.Los jueces Esteban Centanaro y Horacio Corti, de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteña, fallaron sobre los hechos ocurridos el 24 de febrero de 1999 a la altura del 1400 de esa avenida. Ese día, el motociclista y su acompañante sufrieron "lesiones y daños materiales" cuando "imprevistamente un taxi efectuó una maniobra de avance respecto de un interno de la línea de colectivo 132 (que se encontraba detenido en una parada) y obligó al actor a efectuar una maniobra de esquive respecto del taxi", dice la sentencia. También describe que "la rueda delantera de la motocicleta 'mordió' el borde de una zanja que se encontraba a lo largo de la avenida Córdoba, perdiendo la estabilidad y provocando la caída de los actores al piso, previo contacto con el colectivo de la línea 132".Las pericias constataron la existencia de una zanja como causante del siniestro, por lo que los jueces estimaron que "resulta claro que la Ciudad no efectuó ni supervisó la implementación de un señalamiento adecuado a fin de evitar que la obra que allí se desarrollaba pudiera causar daños a transeúntes y conductores que por allí transitan".Pese a concluir que la responsabilidad fue de la Ciudad, el fallo redujo sensiblemente los montos que inicialmente habían sido asignados como indemnización a las víctimas.
Para la mujer acompañante, quien llevó la peor parte, el tribunal redujo la indemnización a 28.000 pesos, de los 65.440 originales; en cuanto al conductor de la moto, recibirá 700 pesos, en lugar de los 3.555 que estipulaba el fallo de primera instancia.
Fuente Diario Clarín link digital: http://www.clarin.com/diario/2007/09/13/laciudad/h-04001.htm

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